Impuesto sobre el daño medioambiental causado por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada
- Nivel
- Propio autonómico (Galicia)
- Naturaleza
- Impuesto (propio de la comunidad)
- En 2026
- Vigente
- Recauda
- 11,8 millones de euros (2025)
- En la calculadora
- No se incluye
¿Qué grava?
La realización de actividades industriales mediante el uso o aprovechamiento de agua embalsada en presas de altura superior a 15 metros, o entre 10 y 15 metros con determinadas condiciones.
¿Quién lo paga?
Las personas físicas o jurídicas y entidades del artículo 35.4 de la LGT que realicen la actividad industrial; se presume que es el titular de la concesión de aprovechamiento para uso industrial.
Quién lo soporta: La ficha de Hacienda no lo dice.
Según nuestra clasificación (propia, no de Hacienda): lo paga una empresa y no se repercute a las personas.
Tipos y cuantías en 2026
Base: capacidad volumétrica del embalse en hectómetros cúbicos. Tipo trimestral de 800 euros por hectómetro cúbico, multiplicado por un coeficiente en función del saldo bruto de aprovechamiento y de la potencia instalada.
Normas
- Ley 15/2008, de 19 de diciembre, del Impuesto sobre el daño medioambiental causado por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada (la Ley entra en vigor el 30 de diciembre de 2008, pero el tributo comenzará a exigirse, según la disposición final tercera, a partir del primer trimestre de 2009).
Quién lo gestiona y a dónde va el dinero
Lo gestiona: Comunidad autónoma (Galicia).
Lo recaudado va a: Comunidad autónoma (Galicia).
Cuánto recauda
11,8 millones de euros en 2025.
Fuente: Ministerio de Hacienda (SGFAL), con datos suministrados por cada comunidad · Tributación Autonómica. Medidas 2026. Capítulo III: Impuestos propios (actualizado a 23/09/2026) · documento oficial.
¿Lo calcula la factura?
Pagan usos industriales del agua embalsada (hidroeléctricas).
Otros: propios de las comunidades
- Canon del agua (Galicia)
- Impuesto sobre contaminación atmosférica (Galicia)
- Canon eólico (Galicia)
- Impuesto compensatorio ambiental minero (Galicia)
- Canon de inmuebles en estado de abandono (Galicia)
- Canon a las infraestructuras necesarias para la evacuación de eólica marina (Galicia)
- Impuesto sobre las estancias turísticas (Galicia)
Ficha hecha con fuentes oficiales consultadas el 15/10/2026. Términos: glosario fiscal. Todas las figuras: guía de impuestos.
