Impuesto sobre los depósitos de clientes en las Entidades de Crédito
- Nivel
- Propio autonómico (Canarias)
- Naturaleza
- Impuesto (propio de la comunidad)
- En 2026
- Sin efecto
- En la calculadora
- No se incluye
¿Qué grava?
La tenencia de fondos de terceros, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, por parte de los contribuyentes y que comporten la obligación de restitución.
¿Quién lo paga?
A título de contribuyentes, las entidades de crédito por los depósitos de clientes de la sede central u oficinas situadas en Canarias.
Quién lo soporta: «Queda expresamente prohibida la repercusión del impuesto a terceros.»
Tipos y cuantías en 2026
Base: promedio aritmético del saldo final de cada trimestre natural de los depósitos a la vista y a plazo. Tipo: escala de gravamen en función de la base imponible (no figura en el documento). Deducciones, entre otras, de 5.000 € por cada oficina (20.000 € en municipios de menos de 5.000 habitantes o isla no capitalina).
Normas
- Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales (con efectos a partir del 1 de julio de 2012). El artículo 2 de la Ley 5/2013, de 26 de diciembre, suspende desde el 1 de enero de 2013 la aplicación del Impuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito de Canarias, mientras se mantenga en vigor el Impuesto estatal sobre Depósitos en Entidades de crédito creado por el artículo 19 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre.
Quién lo gestiona y a dónde va el dinero
Lo gestiona: Comunidad autónoma (Canarias).
Lo recaudado va a: Comunidad autónoma (Canarias).
¿Lo calcula la factura?
Sin efecto; entidades de crédito con repercusión prohibida.
Otros: propios de las comunidades
- Impuesto especial sobre combustibles derivados del petróleo (Canarias)
- Canon de vertido (Canarias)
- Impuesto sobre las Labores del Tabaco (Canarias)
- Impuesto sobre el impacto medioambiental causado por determinadas actividades (Canarias)
Ficha hecha con fuentes oficiales consultadas el 15/10/2026. Términos: glosario fiscal. Todas las figuras: guía de impuestos.
