Impuesto sobre Productos Intermedios
Impuesto de vermús, jereces y oportos
- Nivel
- Estatal (impuesto especial; 58 % del rendimiento cedido a las comunidades de régimen común)
- Naturaleza
- Impuesto indirecto (impuesto especial)
- En 2026
- Vigente
- Recauda
- 23,4 millones de euros (2025)
- En la calculadora
- No se incluye
¿Qué grava?
La fabricación e importación de bebidas entre 1,2 % y 22 % vol. no incluidas en cerveza o vino (vermú, jerez, oporto…).
¿Quién lo paga?
El fabricante, importador o titular del depósito fiscal, al salir el producto a consumo.
Quién lo soporta: El consumidor final: va incluido en el precio y sobre él se calcula el IVA.
Tipos y cuantías en 2026
38,48 €/hl hasta 15 % vol.; 64,13 €/hl el resto (art. 34).
Normas
- Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. arts. 31 a 34
- Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales. Reglamento
Quién lo gestiona y a dónde va el dinero
Lo gestiona: AEAT (haciendas forales en sus territorios).
Lo recaudado va a: Estado y comunidades autónomas: se cede a cada comunidad el 58 % del rendimiento producido en su territorio (Ley 22/2009, art. 38).
Cuánto recauda
23,4 millones de euros en 2025 (tributos gestionados por la AEAT en territorio de régimen fiscal común (Estado + participación de CCAA y CCLL); no incluye País Vasco ni Navarra).
- Impuesto de vermús, jereces y oportos: 23,4 en 2025
Ver los datos en una tabla
| Año | Impuesto de vermús, jereces y oportos |
|---|---|
| 2016 | 21,5 |
| 2017 | 21,7 |
| 2018 | 21,2 |
| 2019 | 21,9 |
| 2020 | 20,0 |
| 2021 | 21,6 |
| 2022 | 25,4 |
| 2023 | 22,5 |
| 2024 | 23,1 |
| 2025 | 23,4 |
Fuente: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) · Informe Anual de Recaudación Tributaria 2025 · CUADRO 1.6 INGRESOS TRIBUTARIOS TOTALES (1) · documento oficial.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga una botella de vermú?
38,48 euros por hectolitro si no supera el 15 % vol. (64,13 €/hl los demás), según el art. 34.
Fuente: Artículo 34 de Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
¿Lo calcula la factura?
No estimable: la EPF los agrupa con otras bebidas y no hay precio ni graduación oficial.
Otros: estatales
- IRPF, «la renta»
- Impuesto de Sociedades
- IRNR
- Impuesto mínimo global («Pilar Dos»)
- Impuesto a la banca
- Gravámenes temporales a eléctricas y bancos
- IVPEE, «impuesto a la generación eléctrica»
- Impuestos nucleares
Ficha hecha con fuentes oficiales consultadas el 15/10/2026. Términos: glosario fiscal. Todas las figuras: guía de impuestos.
