Impuesto Especial sobre el Carbón
Impuesto del carbón
- Nivel
- Estatal (impuesto especial)
- Naturaleza
- Impuesto indirecto (impuesto especial)
- En 2026
- Vigente
- Recauda
- 9,1 millones de euros (2025)
- En la calculadora
- No se incluye
¿Qué grava?
La puesta a consumo de carbón en España (no se aplica en Canarias, art. 76).
¿Quién lo paga?
El fabricante, importador o titular del depósito fiscal, al salir el producto a consumo.
Quién lo soporta: El consumidor final: va incluido en el precio y sobre él se calcula el IVA.
Tipos y cuantías en 2026
0,15 €/gigajulio para usos profesionales; 0,65 €/GJ los demás usos (art. 84).
Normas
- Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. arts. 75 a 88
- Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales. Reglamento
Quién lo gestiona y a dónde va el dinero
Lo gestiona: AEAT (haciendas forales en sus territorios).
Lo recaudado va a: Estado.
Cuánto recauda
9,1 millones de euros en 2025 (tributos gestionados por la AEAT en territorio de régimen fiscal común (Estado + participación de CCAA y CCLL); no incluye País Vasco ni Navarra).
- Impuesto del carbón: 9,1 en 2025
Ver los datos en una tabla
| Año | Impuesto del carbón |
|---|---|
| 2016 | 229 |
| 2017 | 312 |
| 2018 | 271 |
| 2019 | 139 |
| 2020 | 41,5 |
| 2021 | 29,0 |
| 2022 | 57,8 |
| 2023 | 33,9 |
| 2024 | 20,5 |
| 2025 | 9,1 |
Fuente: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) · Informe Anual de Recaudación Tributaria 2025 · CUADRO 1.6 INGRESOS TRIBUTARIOS TOTALES (1) · documento oficial.
Beneficios fiscales
2,4 millones de euros en 2023: Beneficios fiscales en el carbón presupuestados para 2023.
Fuente: Ministerio de Hacienda (Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos) · Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2023. Memoria de Beneficios Fiscales · Cuadro 22 · documento oficial. Lo que se deja de ingresar por exenciones, reducciones y deducciones.
Preguntas frecuentes
¿Se paga impuesto por el carbón?
Sí: 0,15 euros por gigajulio para usos profesionales (art. 84, epígrafe 1.1).
Fuente: Artículo 84 de Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
¿Lo calcula la factura?
Consumo residual en hogares; no se estima.
Otros: estatales
- IRPF, «la renta»
- Impuesto de Sociedades
- IRNR
- Impuesto mínimo global («Pilar Dos»)
- Impuesto a la banca
- Gravámenes temporales a eléctricas y bancos
- IVPEE, «impuesto a la generación eléctrica»
- Impuestos nucleares
Ficha hecha con fuentes oficiales consultadas el 15/10/2026. Términos: glosario fiscal. Todas las figuras: guía de impuestos.
