MCA · Movimiento Contribuyentes en Acción

Impuesto sobre vertidos a las aguas litorales

Nivel
Propio autonómico (Región de Murcia)
Naturaleza
Impuesto (propio de la comunidad)
En 2026
Vigente
Recauda
0,28 millones de euros (2025)
En la calculadora
No se incluye

¿Qué grava?

El vertido a las aguas litorales que se realice desde tierra a cualquier bien de dominio público marítimo-terrestre o a su zona de servidumbre de protección.

¿Quién lo paga?

Personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad jurídica a quienes se haya otorgado la autorización de vertido. En defecto de autorización, quienes lleven a cabo la actividad de vertido.

Quién lo soporta: La ficha de Hacienda no lo dice.

Según nuestra clasificación (propia, no de Hacienda): lo paga una empresa y no se repercute a las personas.

Tipos y cuantías en 2026

Base: carga contaminante del vertido en unidades de contaminación. Tipo: precio de la unidad de contaminación, que se calcula multiplicando el valor de 6.000 € por el baremo de equivalencia “k”.

Normas

Quién lo gestiona y a dónde va el dinero

Lo gestiona: Comunidad autónoma (Región de Murcia).

Lo recaudado va a: Comunidad autónoma (Región de Murcia).

Cuánto recauda

0,28 millones de euros en 2025.

Fuente: Ministerio de Hacienda (SGFAL), con datos suministrados por cada comunidad · Tributación Autonómica. Medidas 2026. Capítulo III: Impuestos propios (actualizado a 23/09/2026) · documento oficial.

¿Lo calcula la factura?

Pagan los titulares de autorizaciones de vertido.

Otros: propios de las comunidades

Ficha hecha con fuentes oficiales consultadas el 15/10/2026. Términos: glosario fiscal. Todas las figuras: guía de impuestos.