MCA · Movimiento Contribuyentes en Acción

Impuesto medioambiental sobre parques fotovoltaicos

Nivel
Propio autonómico (Aragón)
Naturaleza
Impuesto (propio de la comunidad)
En 2026
Vigente
En la calculadora
No se incluye

¿Qué grava?

Las afecciones medioambientales y visuales adversas derivadas de los parques fotovoltaicos situados en Aragón que no se ubiquen en cubiertas o tejados y ocupen una superficie igual o superior a 5 hectáreas, o que estén sometidos a evaluación ambiental simplificada.

¿Quién lo paga?

Son sujetos pasivos, en calidad de contribuyentes, quienes sean titulares de las instalaciones de los parques fotovoltaicos que generen el hecho imponible.

Quién lo soporta: La ficha de Hacienda no lo dice.

Según nuestra clasificación (propia, no de Hacienda): lo paga una empresa y no se repercute a las personas.

Tipos y cuantías en 2026

Base: superficie vallada, en hectáreas, ocupada por el parque fotovoltaico. Cuota: escala de gravamen en función de las hectáreas ocupadas (no figura en el documento).

Normas

Quién lo gestiona y a dónde va el dinero

Lo gestiona: Comunidad autónoma (Aragón).

Lo recaudado va a: Comunidad autónoma (Aragón).

¿Lo calcula la factura?

Pagan los titulares de parques fotovoltaicos.

Otros: propios de las comunidades

Ficha hecha con fuentes oficiales consultadas el 15/10/2026. Términos: glosario fiscal. Todas las figuras: guía de impuestos.